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Generalidades y parámetros de medición que complementan informe de inspección
El proceso de inspección de las instalaciones interiores de gas es realizado de acuerdo a lo establecido en la Resolución Exenta Nº 1250 de fecha 1 de Agosto del 2009, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. De acuerdo con el procedimiento legal, se realizan para cada instalación, y según corresponda, las siguientes pruebas y ensayos establecidos en los protocolos de inspección y certificación aprobados por la Resolución Exenta 2076 de 2009:
1. Verificación del proyecto de gas:
Consiste en verificar en terreno que la instalación de gas existente, conductos colectivos de evacuación, medidores de gas y calderas centrales de uso colectivo, cumplan con lo establecido en los planos del proyecto.
2. Hermeticidad de las redes interiores de gas:
Consiste en verificar mediante control manométrico, que la red interior de gas no presente escapes. La prueba se realiza desde la sub matriz alimentadora de cada instalación hasta el consumo de los artefactos, verificando el sostenimiento de la presión de servicio, el cual no deberá registrar pérdidas superiores a 7 mmca durante los cinco minutos de la prueba.
3. Monitoreo de los conductos colectivos para la evacuación de gases producto de la combustión de artefactos tipo B:
Procedimiento mediante cámara de vídeo se monitorean los conductos colectivos, verificando los siguientes parámetros, Verticalidad, Sección útil calculada (según artefactos conectados), Ductos secundarios, Paredes internas, Tipo, altura, afianzamiento de sombrerete, Sección útil y ubicación de abertura para tiro natural, Detección de fisuras, obstrucciones, estrangulamientos, roturas.
Inspección visual de artefactos a gas: Consiste en la revisión de las condiciones en que se encuentran los artefactos de que se encuentren conectados a la red de gas:
Inspección sin operar el artefacto: Tiene por objeto controlar la existencia de falta de componentes, falta de sellos de certificación, piezas defectuosas, fugas de agua, etc.
Inspección del artefacto en funcionamiento: Esta prueba verifica el funcionamiento de los quemadores en régimen de mínima y máxima carga, retroceso o desprendimiento de llama, accionamiento de sistema de encendido automático, accionamiento de sistemas de seguridad, etc.
4. Inspección de funcionamiento de artefactos a gas:
Consiste en la detección, por medio de instrumental (analizadores de combustión), del monóxido de carbono que se desprende de la combustión de los artefactos.
Monóxido de carbono ambiental: Es aquel que se desprende de la combustión de artefactos y permanece en el ambiente, la emanación máxima aceptada es de 15 ppm (partes por millón). Cuando se detectan índices de monóxido de carbono ambiental entre 15 y 50 ppm, el artefacto debe ser sometido a mantenimiento. Si el artefacto presenta valores superiores a 50 ppm el artefacto deberá ser sometido a reparación o ser reemplazado.
Monóxido de carbono corregido: Es aquel que se desprende de la combustión de artefactos tipo B (calderas, calefones, termos). La emanación máxima aceptada es de 400 ppm. Cuando se detectan índices de monóxido de carbono entre 401 y 1000 ppm, el artefacto debe ser sometido a mantenimiento. Si el artefacto presenta valores superiores a 1000 ppm el artefacto deberá ser sometido a reparación o ser reemplazado.
Evacuación de gases combustionados: En conjunto con las anteriores mediciones, se registra la evacuación (tiro) de los gases combustionados; es decir, se mide si los gases salen con dificultad hacia el exterior a través de conducto colectivo. Los valores aceptables del tiro son de –2 Pascales y su valor mejora al llegar a –3 Pascales y menores, debiendo encontrarse siempre valores negativos. Esta prueba se realiza por línea o conducto colectivo y compromete a todos los artefactos tipo B conectados.
5. Conexiones de artefactos:
Consiste en verificar la correcta conexión de los artefactos y accesorios al circuito de gas, al sistema de evacuación. Cuidando de revisar los siguientes puntos:
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Funcionalidad, tipo, afianzamiento y accesibilidad de llaves de corte.
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Conexiones al circuito de gas (cañerías o flexibles metálicos).
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Especificaciones técnicas del fabricante.
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Material, tipo, afianzamiento y estanqueidad de ductos secundarios.
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Afianzamiento de artefactos a gas.
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Arranques de gas debidamente sellados.
6. Revisión de ventilación y volúmenes en los recintos:
Esta prueba consiste en verificar el volumen (en metros cúbicos) de todos los recintos donde hay instalados artefactos de gas, con el fin de comprobar que estén dentro de la norma vigente. Además, se comprueba la existencia de las ventilaciones que aseguren el adecuado suministro de aire.
7. Conexiones, accesorios y compartimentos de los medidores y estanques de gas:
Medidores de Gas y estanques de gas licuado: Consiste en la revisión de las condiciones en que se encuentran los medidores y reguladores de gas de la Edificación. En lo medular se inspecciona: tuberías, conexiones, llaves de corte, sistemas de seguridad, afianzamiento, accesibilidad, compartimentos que los albergan, etc.
8. Condiciones para asignación de sellos colectivos e individuales:
Los parámetros de aceptación, situación pendiente o rechazo de una instalación de gas, están en la Resolución Exenta Nº 1250 de fecha 1 de Agosto del 2009, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
Sello Rojo: rechazada, cuando presenta deficiencias de riesgo para la vida humana;
Sello Amarillo: condición de instalación pendiente, cuando los defectos verificados por la inspección muestran riesgos menos graves o controlables.
Sello Verde: indicativo de una instalación de gas segura, confiable e inscrita en el marco legal.
Si una instalación es catalogada como Roja o Amarilla, los responsables del edificio (administrador o presidente de la junta de vigilancia) deberán recurrir a los servicios de un instalador autorizado por SEC, quien ejecutará las reparaciones de los defectos observados por el Inspector de Gas. Efectuadas las reparaciones, se deberá solicitar la reinspección de la instalación al mismo equipo certificador; quienes, previo análisis instrumental del área intervenida por el Instalador, procederán a colocar el Sello Verde, si las reparaciones han sido ejecutadas de acuerdo a las normas vigentes y con arreglo a las observaciones anotadas por el Inspector – Certificador.